Introducción:
La prevención de enfermedades constituye piedra angular del sistema de salud cubano. En este trabajo se abordan elementos teórico-metodológicos asociados al tratamiento del contenido jurídico en la prevención de enfermedades profesionales, aspecto en el cual los autores identifican una elevada significación, a partir de la revisión bibliográfica realizada y los resultados de la empírica.
Objetivo:
El estudio tiene como objetivo, elaborar consideraciones teórico-metodológicas para el tratamiento al contenido jurídico en la prevención de enfermedades profesionales.
Métodos:
Durante el desarrollo de la investigación, comprendida entre septiembre de 2019 y julio de 2020, se aplicaron métodos teóricos como el análisis y síntesis, el histórico-lógico y la sistematización; entre los empíricos se emplean la revisión de documentos, la consulta a expertos y el grupo focal.Se utilizaron métodos matemático-estadísticos para el procesamiento de la información.
Resultados:
Fueron definidas relaciones esenciales en el orden teórico y metodológico, entre el contenido jurídico y la prevención de enfermedades profesionales para la optimización de su tratamiento. Las consideraciones teórico-metodológicas se concretan en tres dimensiones, tres principios generales y la determinación de un marco legal.El empleo de una escala valorativa de cinco opciones, en el proceso de validación, permitió identificar una prevalencia de indicadores evaluados de Muy adecuado y Bastante adecuado.
Conclusiones:
Se valoró, mediante la consulta a expertos, la validez de las consideraciones teórico-metodológicas para el tratamiento al contenido jurídico en la prevención de enfermedades profesionales, en correspondencia con el objetivo propuesto.
Introduction:
Disease prevention is the cornerstone of the Cuban health system. Un this work, the theoretical-methodological elements associated with the treatment of legal content in the prevention of occupational diseases are addressed, an aspect in which the authors identify a high significance, based on the bibliographic review carried out and the results of the empirical one.
Objective:
The objective of the study is to elaborate theoretical-methodological considerations for the treatment of legal content in the prevention of occupational diseases.
Methods:
During the development of the research, between September 2019 and July 2020, theoretical methods such as analysis and synthesis, historical-logical and systematization were applied; among the empirical ones, document review, expert consultation and focus group are used. Mathematical-statistical methods were used for information processing.
Results:
Essential relationships were defined in the theoretical and methodological order, between the legal content and the prevention of occupational diseases for the optimization of their treatment. Theoretical-methodological considerations are specified in three dimensions, three general principles and the determination of a legal framework. The use of a rating scale of five options, in the validation process, allowed to identify a prevalence of evaluated indicators of Very adequate and Fairly suitable.
Conclusions:
The validity of the theoretical-methodological considerations for the treatment of the legal content in the prevention of occupational diseases, in correspondence with the proposed objective, was assessed by consulting experts.
- Contenido jurídico;
- prevención de enfermedades;
- promoción de salud, enfermedades profesionales.
- Legal content;
- disease prevention;
- health promotion, occupational diseases.
INTRODUCCIÓN
La Organización Mundial de la Salud (OMS) y la Organización Panamericana de la Salud (OPS) convergen en revelar la trascendencia de la prevención en el actual contexto epidemiológico, de enfrentamiento a la COVID-19. A propósito, la VII Reunión de Expertos y Promotores de Salud en las Américas (REPSA), desarrollada de manera virtual en abril de 2020, generó un interesante debate acerca de las condiciones de los ordenamientos jurídicos de los diferentes países para regular de manera efectiva la conducción de las acciones de prevención, ante una situación global sin precedentes.1
Una vez más, las contradicciones de la práctica y la reflexión académica, develan la innegable relación entre el contenido jurídico y la prevención de enfermedades, aspecto este pocas veces tratado a profundidad en la literatura científica. La prevención de enfermedades constituye piedra angular del sistema de salud cubano. Numerosos especialistas, con diversas formaciones, se ocupan de su estudio y desarrollo. El término prevención, es entendido por muchos en el contexto sanitario, como las acciones orientadas hacia la evitación, eliminación y minimización de los riesgos asociados a distintas enfermedades; incluye medidas educativas, jurídicas, políticas, económicas y/o terapéuticas. (2,3,4
Las enfermedades profesionales, según la definición de la normativa cubana, constituyen una “alteración de la salud, patológicamente definida, generada por razón de la actividad laboral en trabajadores que en forma habitual se exponen a factores que producen enfermedades y que están presentes en el medio laboral o en determinados cargos y que es reconocida en la legislación vigente”.5
A nivel conceptual se evidencia una implicación jurídica, toda vez que el reconocimiento de la enfermedad profesional, resulta de un acto dispositivo previsto en la legislación vigente. (6 En este sentido, se significa que las actividades laborales asociadas a este tipo de enfermedades, los exámenes médicos encaminados a su prevención, las formas organizativas de las acciones de capacitación, las obligaciones de los empleadores, los deberes de los trabajadores, así como las infracciones y medidas administrativas vinculadas a esta problemática, son reguladas jurídicamente.5,6,7Este razonamiento permite comprender que la prevención de enfermedades profesionales, responde a exigencias de contenido jurídico, que sustentan su ordenamiento.
De ahí la trascendencia del contenido jurídico, el cual “integra un sistema de conocimientos, habilidades y valores, asociados a la comprensión y aplicación del ordenamiento jurídico, cuya amplitud y complejidad es mediada por las exigencias del escenario laboral y las necesidades del profesional en un contexto de terminado”. (8Su tratamiento, implica la concepción y empleo de un conjunto de procedimientos metodológicos, con la intención de favorecer su desarrollo en la práctica preventiva.
Un interesante trabajo publicado en Cuba por la Revista de Información Científica, (9 trata el tema del valor de los medios de enseñanza en la promoción y educación para la salud; sin embargo, en la literatura consultada no se identifican estudios sobre las características y procedimientos para el empleo de las disposiciones jurídicas, como medios de enseñanza en las actividades de prevención.
Tampoco abundan estudios que revelen un posicionamiento teórico-metodológico, para su comprensión desde diversas aristas. En la mayoría de los casos prevalecen las formulaciones técnico-jurídicas, que se concretan en tratar desde el Derecho, la función preventiva de la norma legal. (10,11,12,13 Urge versar sobre aspectos esenciales del tema, para considerar algunos criterios que coadyuven al tratamiento del contenido jurídico en la prevención de enfermedades profesionales.
Autores, nacionales y foráneos, dedican especial atención a determinados aspectos vinculados con el contenido jurídico en la prevención de diversas enfermedades. En particular se refieren a las bases legales para la actuación médica, pero en la mayoría de los casos, se adolece de criterios metodológicos para un mejor proceder. (14,15
Los múltiples esfuerzos para atender al contenido jurídico en la prevención de enfermedades, no pueden compensar la carencia de un posicionamiento teórico-metodológico para su tratamiento. De ahí que el presente trabajo, tenga el objetivo de elaborar un conjunto de consideraciones teórico-metodológicas válidas para el tratamiento al contenido jurídico en la prevención de enfermedades profesionales.
MATERIAL Y MÉTODO
Investigación predominantemente cualitativa que favoreció el desarrollo de un estudio transversal descriptivo, el cual abarcó el período comprendido entre septiembre de 2019 y julio de 2020. La inclusión de los expertos y especialistas que participaron en el estudio, se determinó mediante un muestreo no probabilístico. Se partió de considerar la dialéctica materialista como método general del conocimiento, en una integración sistémica que incluyó el empleo de métodos empíricos como el análisis y síntesis, el histórico-lógico y la sistematización, válidos para la construcción teórico-conceptual en diferentes planos de análisis. En el orden empírico se empleó la revisión de documentos, la consulta a expertos y el grupo focal, para valorar la pertinencia de las consideraciones teórico-metodológicas. (16,17
La estrategia científica para la elaboración y validación de las consideraciones teórico-metodológicas, consideró en su dinámica, el tránsito por tres etapas fundamentales:
Primera etapa: Contempló la revisión bibliográfica, sustento de la sistematización teórica para la formulación de estas consideraciones.
Segunda etapa: Abarcó la construcción teórico-conceptual y metodológica, con definición de los elementos esenciales del marco legal para el tratamiento al contenido jurídico en la prevención de enfermedades profesionales.
Tercera etapa: Comprendió la implementación de procedimientos tendentes a la validación de las consideraciones teórico-metodológicas, en la medida en que se condicionaron situaciones de reconstrucción teórico-conceptual y metodológica de sus contenidos estructurales.
Para la consulta a expertos se seleccionó un grupo de profesionales con la preparación idónea para aportar valoraciones. Entre las características y cualidades de los expertos se consideraron las siguientes: años de experiencia, dominio del tema de investigación, experiencia de trabajo, capacidad de análisis, efectividad de su actividad profesional, formación académica de posgrado y/o categoría docente. La aplicación del criterio de expertos se inició con la realización de un cuestionario de autoevaluación a fin de determinar el coeficiente de competencia, a partir del cálculo de los coeficientes de conocimiento y argumentación, como bases para la elección definitiva de los expertos.
La encuesta de autovaloración para determinar el coeficiente de competencia, se aplicó a 21 profesionales, de ellos resultaron seleccionados 17 como expertos. Para el procesamiento de los criterios expresados por los expertos, se aplicó el Método Delphy con el empleo del paquete estadístico Staff. Ello permitió normalizar la evaluación de cada uno de los seis indicadores propuestos.
Los indicadores declarados en los cuestionarios propuestos a los expertos, son los siguientes:
Proyección y grado de elaboración de las consideraciones teórico-metodológicas.
Nivel de pertinencia de los elementos teóricos.
Nivel de pertinencia de los elementos metodológicos.
Integración sistémica de sus elementos estructurales.
Factibilidad de las acciones procedimentales.
Correspondencia de las consideraciones teórico-metodológicas con las necesidades de la práctica preventiva.
La consulta a expertos se complementó con la conformación de un grupo focal. Al respecto, Artiles, Otero y Barrios (16) sostienen que los grupos focales se encuentran entre las técnicas grupales más conocidas y recomiendan, además, su empleo para la constatación de ideas y percepciones desde la experiencia colectiva.
El reclutamiento de los integrantes del grupo focal, siguió el criterio de selección no probabilístico aplicado a los expertos, previéndose su participación presencial en las sesiones de trabajo. La no acreditación de título académico o grado científico no constituyó un criterio de exclusión, sin embargo se ponderó aspectos asociados al desempeño, como la obtención del segundo grado en alguna especialidad médica.
Para la elaboración e instrumentación de la técnica del grupo focal, se siguieron aspectos esenciales, entre ellos:
Identificación de los elementos fundamentales que se someten al análisis colectivo.
Reclutamiento y selección de los integrantes del grupo.
Modelación de la sesión o sesiones de análisis y discusión colectiva, a partir de la selección de un profesional con experiencia para modelar el trabajo en grupo.
Confección del reporte, donde se ofrece un resumen de la sesión de trabajo del grupo. Incluye comentarios de los participantes, conclusiones y recomendaciones.
El investigador presencia la sesión de trabajo del grupo y ofrece la información que se solicite.
RESULTADOS
La aplicación del sistema de métodos condujo a un primer resultado consistente en un conjunto de consideraciones teórico-metodológicas para el tratamiento al contenido jurídico en la prevención de enfermedades profesionales. A continuación se presentan sus elementos esenciales.
Resultados de la primera etapa: Definición de tres dimensiones fundamentales con valor teórico y metodológico, para el tratamiento al contenido jurídico en la prevención de enfermedades profesionales. Las dimensiones constituyen planos de análisis, que expresan cualidades esenciales de las disposiciones jurídicas. Sus características generales son las siguientes:
Dimensión de ordenamiento: Designa los elementos previstos en el ordenamiento jurídico, que permiten organizar, programar y concebir la prevención de enfermedades profesionales. Incluye listado de enfermedades, medidas, formas organizativas, procedimientos, términos, sujetos participantes, obligaciones, deberes, derechos, prohibiciones, entre otros elementos.
Dimensión de contenido: Designa los elementos previstos en el ordenamiento jurídico, que por su naturaleza se expresan en conocimientos, habilidades, valores y normas de relación. Su máxima significación se evidencia, en las situaciones en que la prevención consiste en informar, divulgar o capacitar sobre el contenido de la norma legal.
Dimensión instrumental o de medio: Designa los elementos teórico-metodológicos para el empleo del ordenamiento jurídico, como instrumento o medio de enseñanza en las actividades de prevención. Considera la integración de elementos didácticos y técnico-jurídicos. Especial significación se le otorga a los principios generales del Derecho, entre ellos: legalidad, jerarquía normativa y supremacía constitucional.
Resultados de la segunda etapa: Contextualización de los principios propuestos por el pedagogo García Baró18) en su concepción de la capacitación jurídica.
Principio del carácter contextual: Considera el carácter contextual de la prevención. Este principio advierte sobre las exigencias, procedimientos, situaciones de riesgos, obligaciones o prohibiciones institucionalmente establecidas. De ahí la observancia de criterios ordenadores de naturaleza contextual. Entre ellos, los reglamentos y normas de seguridad y salud del trabajo, aprobados por los ministerios que dirigen y controlan las políticas en diferentes sectores, ramas y actividades de la producción y los servicios. 5
Principio de la vinculación con el escenario laboral: Considera las características del contexto y su materialización en el escenario laboral. Ello resulta complejo, implica realizar tareas de diagnóstico y una vasta experiencia asociada al contexto y el escenario que se estudia. Su esencia radica en reconocer la significación que adquieren para la concepción, implementación y evaluación de las acciones de prevención, las características, situaciones de riesgos, sustancias tóxicas, normas internas, procedimientos específicos, entre otros elementos asociados a la actividad laboral.6,7
Principio de correspondencia con las necesidades del profesional: Este principio reproduce una convergencia con los anteriores, que estriba en la manera en que el contexto y el escenario laboral, condicionan el desempeño del profesional. Su observancia, es garante en el mejoramiento de las condiciones de trabajo y en la percepción individual de riegos asociados a enfermedades profesionales. Se trata de concebir las acciones de prevención, a partir de las carencias y potencialidades reales del profesional. (6
Entre las disposiciones jurídicas que conforman el marco legal para la prevención de enfermedades profesionales en Cuba, se consideran fundamentales las siguientes:
Constitución de la República de Cuba, de fecha 19/4/19 (Artículo: 69).19
Ley No. 116, Código de Trabajo, de fecha 20/12/13 (Capítulo XI). 5
DecretoNo. 326; Reglamento del Código de Trabajo, de fecha 12/6/14 (Capítulo XI). 20
Resolución No.283 Listado de enfermedades profesionales y el procedimiento para la prevención, análisis y control de las mismas en el sistema nacional, emitida por el Ministerio de Salud Pública con fecha 16/6/14.6
Resolución No. 284 Listado de actividades que por sus características requieren la realización de exámenes médicos preempleo y periódicos especializados, emitida por el Ministerio de Salud Pública, en fecha16/6/14.7
Resultados de la tercera etapa: La Tabla 1(Resultados de la aplicación de la consulta a expertos), representa una interpretación de los resultados cuantitativos, según los niveles de frecuencia con que los expertos expresaron sus criterios por indicadores, atendiendo a una escala valorativa de cinco opciones (Muy adecuado, Bastante adecuado, Adecuado, Poco adecuado y No adecuado). La frecuencia de los resultados se expresó en números naturales, acompañado de su representación porcentual. Nótese que el Indicador 6: Correspondencia de las consideraciones teórico-metodológicas con las necesidades de la práctica preventiva, fue valorado por 10 de los expertos consultados de Muy adecuado, 4 lo valoraron Bastante adecuado y 1 de Adecuado, lo que representa una valoración positiva.
Indicadores evaluados | Muy adecuado | Bastante adecuado | Adecuado | Poco adecuado | No adecuado | Total de expertos |
---|---|---|---|---|---|---|
Indicador 1 | 9(60 %) | 5 (33,3%) | 1 (6,7%) | 0 (0%) | 0 (0%) | 15 |
Indicador 2 | 10(66,6%) | 4 (26,7%) | 1 (6,7%) | 0 (0%) | 0 (0%) | 15 |
Indicador 3 | 8 (53,3%) | 5(33,3%) | 2 (13,3%) | 0 (0%) | 0 (0%) | 15 |
Indicador 4 | 10(66,6%) | 5(33,3%) | 0(0%) | 0 (0%) | 0 (0%) | 15 |
Indicador 5 | 9 (60%) | 5 (33,3%) | 1(6,7%) | 0 (0%) | 0 (0%) | 15 |
Indicador 6 | 10(66,6%) | 4 (26,7%) | 1(6,7%) | 0 (0%) | 0 (0%) | 15 |
Las valoraciones ofrecidas y las sugerencias recogidas como resultado de la consulta a expertos, permitieron perfeccionar la propuesta inicial, para su posterior presentación en sesión única de trabajo del grupo focal integrado por 9 especialistas (Esp.). En este sentido se informa que las valoraciones de los especialistas, se correspondieron con las adveradas mediante la consulta a expertos, lo que permitió constatar un criterio valorativo de mayor pertinencia. A continuación se presenta la Tabla 2 (Resultados valorativos del grupo focal).
Indicadores evaluados | Muy adecuado | Bastante adecuado | Adecuado | Poco adecuado | No adecuado | Esp.total |
---|---|---|---|---|---|---|
Indicador 1 | 6(66,7%) | 2 (22,2%) | 1 (11,1%) | 0 (0%) | 0 (0%) | 9 |
Indicador 2 | 7(77,8%) | 2 (22,2%) | 0(0%) | 0 (0%) | 0 (0%) | 9 |
Indicador 3 | 5(55,6%) | 3 (33,3%) | 1 (11,1%) | 0 (0%) | 0 (0%) | 9 |
Indicador 4 | 8 (88,9%) | 1(11,1%) | 0 (0%) | 0 (0%) | 0 (0%) | 9 |
Indicador 5 | 6(66,7%) | 2 (22,2%) | 1(11,1%) | 0 (0%) | 0 (0%) | 9 |
Indicador 6 | 6(66,7%) | 2(22,2%) | 1 (11,1%) | 0 (0%) | 0 (0%) | 9 |
DISCUSIÓN
El contenido jurídico es tratado en la prevención de diversas enfermedades. Se advierte una coincidencia con estudios que reconocen la existencia de un marco legal para el desarrollo de las acciones de prevención, como los realizados por Gálvez (14, Barreiro, Tamame, Lora y Ramírez (15. En este sentido se identifican en el actual ordenamiento jurídico cubano, disposiciones jurídicas de carácter especial, que sustentan la prevención de enfermedades como el tabaquismo y el alcoholismo, incluso otras de reciente aparición, como la COVID-19. 11,12,13,21,22
La sistematización realizada sobre aspectos teórico-conceptuales de la prevención, evidencia una diversidad de clasificaciones y enfoques existentes entre estudiosos e investigadores del tema. En la literatura nacional, la mayoría de los autores coinciden en reconocer tres niveles de prevención: primaria, secundaria y terciaria. (2,3,4,21,23
También es posible identificar, con menor prevalencia, trabajos donde se reconoce un cuarto nivel de prevención dirigido a “minimizar riesgos y evitar o limitar los daños innecesarios de la actividad sanitaria”. (24
En un estudio sobre enfermedades transmisibles, publicado recientemente, sus autores (25 aseguran que las “acciones de prevención de enfermedades han estado ligadas a acciones educativas, ejecutadas desde el enfoque de distintas ciencias y posicionamientos teóricos.” A propósito, los resultados identificados mediante el desarrollo del grupo focal, son indicativos de la factibilidad de hallar en las consideraciones teórico-metodológicas propuestas, un posicionamiento válido para la concepción de las acciones educativas orientadas hacia la prevención de enfermedades profesionales.
En toda acción educativa, institucionalmente organizada, se expresan de manera intencionada elementos de forma y contenido. En este sentido, es acertada la observancia de consideraciones teórico-metodológicas, que definen relaciones esenciales entre elementos del ordenamiento jurídico y la organización, las formas, el contenido y los medios, en el proceso educativo. Resultan de aplicación, además, los principios que tratan aspectos vinculados al contexto, la actividad laboral y a las necesidades reales del profesional.
Se advierte una correspondencia con Rodríguez, Cabrera y Calero (26, cuando al tratar el tema de la comunicación en salud para la prevención de enfermedades en la comunidad, plantean que “opera mediante símbolos y sistemas de mensajes que se manifiestan como parte necesaria e indispensable de la actividad humana.” El razonamiento anterior, permite valorar la importancia de las disposiciones jurídicas como instrumentos de comunicación institucional. Su significación se expresa, en la apropiación consciente por parte del individuo, del mensaje preventivo comprendido en el discurso jurídico. De ahí la pertinencia de emplear recursos metodológicos, que favorezcan su desarrollo en la prevención de enfermedades profesionales.
La determinación de emplear técnicas grupales, en el presente trabajo, halla sustento metodológico en las formulaciones de Artiles, Otero y Barrios.16 Posicionamiento que se corresponde, con los criterios de Piza, Amaiquema y Beltrán17, cuando afirman que “la técnica utilizada por estos grupos es de fácil comprensión y los resultados son viables y admisibles para los consumidores de la investigación. Permite obtener información cualitativa con profundidad, detalle y rapidez. Los grupos focales colocan a los participantes en situaciones reales y permite al facilitador, explorar nue vos contenidos que salgan a la luz.”
Las consideraciones teórico-metodológicas para el tratamiento al contenido jurídico, se concretan en la elaboración y definición de tres dimensiones, tres principios generales y un marco legal, susceptibles de generalizar a diferentes acciones de prevención. Entre ellas, las de promoción de salud recomendables para la concepción e implementación de charlas educativas, audiencias sanitarias, paneles, entre otras actividades. 27,28) También pueden tenerse presente en el tratamiento al contenido jurídico, en diversas formas organizativas de la capacitación como talleres y entrenamientos.
Entre los elementos que estructuran las consideraciones teórico-metodológicas, se advierte una estrecha relación. En este sentido cuando se reconoce una dimensión de ordenamiento, a partir de comprender que existen disposiciones jurídicas que regulan aspectos organizativos esenciales en la prevención de enfermedades profesionales, resulta pertinente valorar una relación de correspondencia con el principio del carácter contextual, que transita por las características particulares del marco legal definido.
El análisis anterior, supone una comprensión proactiva de la existencia de formas particulares de concebir la prevención de enfermedades profesionales, teniendo en cuenta las disposiciones jurídicas previstas para una actividad o sector en un contexto determinado, en el cual convergen las exigencias del escenario laboral con las necesidades del profesional. Por ello, también se revela una especial relación con las dimensiones de contenido y de instrumento o medio.
La carencia de investigaciones asociadas al tratamiento del contenido jurídico en la prevención de enfermedades profesionales, en diferentes actividades laborales y sectores de la producción y los servicios en el país, limitan el análisis comparativo y la constatación de criterios de mayor pertinencia, para la discusión de los resultados.
En términos conclusivos se informa que se valoró positivamente, mediante la consulta a expertos y el desarrollo de un grupo focal, la pertinencia de las consideraciones teórico-metodológicas para el tratamiento al contenido jurídico en la prevención de enfermedades profesionales.
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- » Recibido: 06/10/2020
- » Aceptado: 08/02/2021
- » Publicado : 25/04/2021